Generalidades
Los Argentinos que retornan al país luego de haber residido más de dos (2) años en el exterior (siempre que no hayan efectuado viajes ocasionales a la Argentina que superen en total los sesenta (60) días) tienen el derecho a ingresar libre de impuestos sus efectos personales y del hogar, nuevos o usados.
Para acogerse a los beneficios concedidos por la Administración General de Aduanas, el ciudadano argentino deberá tramitar un certificado de residencia en la representación consular de su país de residencia.
Requisitos:
- Solicitar turno por correo electrónico (consulares_ebelg@mrecic.gov.ar);
- Presentar la documentación siguiente:
- DNI argentino
- certificado de residencia expedido por la municipalidad local correspondiente, reciente, donde conste la fecha de inicio de la residencia, apostillado. - Monto a abonar: 80,00 euros con tarjeta bancaria.