En tanto cumplen funciones notariales, los Cónsules hacen las veces de escribanos argentinos en el exterior.
Para tramitar una actuación notarial, deberá adelantar por correo electrónico a consulares_ebelg@cancilleria.gob.ar la siguiente documentación, con suficiente tiempo de antelación:
- Minuta (texto preparado por el abogado o escribano argentino). Se deberá enviar la minuta en formato PDF con membrete y firma del abogado o escribano de Argentina y en un formato editable (Word o similar). Se deben incluir también los datos del contacto del abogado o escribano
- Fotocopia del D.N.I (recto y verso) argentino de los firmantes.
Se aclara que se el domicilio indicado en el DNI será el que deberá ser informado en el poder.
Si se trata de un documento extranjero o pasaporte en el cual no aparece el domicilio, será necesario presentar un certificado de residencia reciente.
Una vez preparada la escritura, esta Sección Consular le otorgará una cita para venir a firmarla y le comunicará el arancel a abonar. El día previsto, deberá presentarse el/los interesado(s) con el/los DNI/s respectivo/s.
Los poderes se habilitan electrónicamente y una vez legalizado, el documento es enviado electrónicamente al interesado, el cual será el único documento válido a presentar en Argentina. No será necesario enviar documentos por correo postal al país. Estos documentos, al estar legalizados digitalmente, no requieren Apostilla de La Haya ni ninguna otra forma de legalización adicional para tener plena validez en Argentina.
