En tanto cumplen funciones notariales, los Cónsules hacen las veces de escribanos argentinos en el exterior.
Para tramitar una actuación notarial, deberá adelantar por correo electrónico a consulares_ebelg@cancilleria.gob.ar la siguiente documentación:
- Minuta (texto preparado por el abogado o escribano argentino). Se deben incluir también los datos del contacto del abogado o escribano.
- Fotocopia del D.N.I (recto y verso) de los firmantes.
Dicha documentación deberá estar disponible en un formato editable (Word o similar) con suficiente tiempo de antelación.
Una vez preparada la escritura, esta Sección Consular le otorgará una cita para venir a firmarla y le comunicará el arancel a abonar. El día previsto, deberá presentarse el/los interesado(s) con el/los DNI/s respectivo/s.
Los poderes se habilitan electrónicamente y una vez legalizado, el documento es enviado electrónicamente al interesado, el cual será el único documento válido a presentar en Argentina. No será necesario enviar documentos por correo postal al país. Estos documentos, al estar legalizados digitalmente, no requieren Apostilla de La Haya ni ninguna otra forma de legalización adicional para tener plena validez en Argentina.